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Mientras estemos en el Monumento
DE los Españoles, los
Diputados, en la sesión del Martes 15 a las 14 hs,
Algunos puntos para resaltar, entre
otros, de la Ley de arrendamientos incluyen:
-La prohibición del arrendatario por
si o por cualquier forma de asociación de arrendar mas de 10 Unidades
Económicas.
-La prohibición de los propietarios de
entregar en arrendamiento mas de 10 Unidades Económicas a un mismo
arrendatario.
-Plazo de Arrendamiento mínimo de 5
años, pudiendo la SAGPyA fijar plazos mínimos mayores por región o
actividad.
-Cualquier renovación sera también por
un plazo mínimo de 5 años.
-Podra con una serie de condiciones
haber arrendamientos accidentales de una cosecha, los que no podrán
renovarse.
-Posibilidad de revisión del precio de
arrendamiento después del 2do año por variaciones en las relaciones
costo y valor de la producción.
-Posibilidad de remisión del precio en
caso de en caso de perdida total o parcial de la cosecha.
-Se prohíbe el subarrendamiento
-Hay que inscribir los contratos en
los Registros: de operadores de granos, de contratos agrarios (a crear)
y e inmobiliario local con las coordenadas del mismo en sistema GPS.
-Tendrán ventajas impositivas las
micro o pequeñas empresas
-Establece una serie de obligaciones y
restricciones para lograr la conservación de los recursos, la buena
técnica agraria, resguardar la diversidad biológica, la restitución de
nutrientes y la explotación racional.
-El organismo que reglamente la Ley
determinara las prácticas a atender en este sentido, incluyendo técnicas
de manejo del cultivo y rotación.
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